

La Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, del Tribunal Constitucional (TC) para que éste pueda ejecutar sus resoluciones como garantía del Estado de Derecho, aprobada a instancia del PP de Rajoy con la finalidad de convertir al TC en el defensor jurídico de la Constitución; va a ser derogada por el PSOE de Sánchez a petición del PNV.
La legitimación procesal que aún hoy tienen los ciudadanos que consideran vulnerados sus derechos para solicitar al Alto Tribunal que los restituya y suspenda de sus funciones al responsable del daño, supone una medida que se dirige a la raíz del problema catalán: neutralizar a cada uno de los partisanos sediciosos que viven incrustados en las instituciones.
El partisanismo es la micropolítica ordenada por la Generalidad que basa su triunfo en la presión diaria a los enemigos, a los tibios y a los indiferentes. Es un conflicto total y constante para lo que necesita un sinúmero de quintacolumnistas.
Mas, Puigdemont, Torra o el tal Aragonés no serían nadie sin los imprescindibles profesores que obligan a los niños a hablar catalán en el recreo, sin los funcionarios que abrieron los colegios para celebrar elecciones nulas o que colocan banderas ilegales en los balcones de los Ayuntamientos.
Que el Tribunal Constitucional pudiese ejecutar no sólo sus sentencias, sino cualquier resolución que emane del mismo; y que lo haga sin aplicar la fuerza ni el derecho penal como primer recurso, sino la suspensión en el cargo de los culpables y multas coercitivas de hasta 30.000 euros (incluso para un burócrata no mileurista la broma le sale cara) suponía una medida antipartisanos irreprochable, pues actúa sobre la responsabilidad personal de cada empleado público (la fiel infantería) al tiempo que respeta la regularidad del Estado de Derecho al ser susceptible de aplicarse a cualquier funcionario, con independencia de su adscripción territorial.
Al centrarse en la exigencia individual del cumplimento de los deberes constitucionales, es lógico que la ley que va a ser derogada otorgase los poderes necesarios al Tribunal Constitucional para que sea éste el órgano encargado del control jurídico-político de todos los actos (no sólo de las leyes) de las Comunidades Autónomas.
¿Qué va a pasar cuando se suprima esta norma del Gobierno Rajoy, que otorgó al TC un procedimiento para revisar los actos de cada funcionario indepe con las mismas garantías que ofrece cualquier órgano jurisdiccional?
En primer lugar, que habrá más partisanismo, más presión indepe a nivel micro porque será impune.
Y en segundo lugar que Sánchez sólo tendrá dos alternativas: consentirlo o utilizar las más duras medidas de excepción para controlarlo.
Paradójicamente, el dizque dialogante va a otorgar una baza decisiva a su enemigo para que éste renuncie a negociar dado que su mejor alternativa no es acordar, sino continuar con la estrategia partisana de hacer la vida imposible a los no secesionistas hasta que abandonen su resistencia o su neutralidad.
Sánchez, atando de pies y manos al TC, le está diciendo a los secesionistas que no tiene sentido que hagan concesiones para alcanzar un pacto, dado que hostigar en todo momento y en todos los lugares a los no afectos hasta que renuncien a sus intereses, sale gratis.
En resumen, combatir las micro presiones secesionistas en todo el territorio catalán por el método de exigir la responsabilidad personal del funcionario ordenante de cualquier actuación ilegal, permitía atacar el partisanismo en su terreno, es decir, en el día a día de cada acto de desobediencia.
Si la Constitución, entre otras cosas, es un ordenamiento que garantiza derechos individuales que son violados en masa por autoridades, esos hechos deben verificarse, a instancia de los denunciantes, por un órgano que analice cada caso concreto a la luz de la normativa constitucional, y que haga responsable a los eventuales autores del daño. Si un proceso garantista culmina con la suspensión del cargo público y/o la imposición de una multa disuasoria, el partisano habrá dejado de serlo.
Al derogar la Ley 15/2015 que permite al TC ejercer esa función de control, éste queda neutralizado.
Quizás se pregunten si no están ya los tribunales ordinarios para castigar el incumplimiento de la ley.
Por un elemental principio de eficacia, el defensor de la Constitución (el TC) debe disponer de un procedimiento especializado y efectivo que dirima con celeridad conflictos entre órganos del Estado y que, al mismo tiempo, garantice que los derechos individuales de los ciudadanos no se vean lesionados por aquéllos conflictos.
Lamentablemente, ni el Tribunal Constitucional hasta la reforma del Gobierno Rajoy de la que trata este artículo, ni las instancias judiciales, ni el Gobierno a través del artículo 155 de la Constitución, han demostrado ser instancias solventes para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a cada acto de agresión o intimidación.
Con la derogación de la reforma del TC del año 2015 del Grupo Popular, damos un paso más hacia el abismo de una solución de fuerza: o secesión por las bravas o las más duras medidas de excepción.
JORGE SÁNCHEZ DE CASTRO CALDERÓN
Puedes seguir a Jorge Sánchez de Castro Calderón en Twitter y también en su blog «El único Paraíso es el fiscal»
Estuve en la Facultad de CC. Políticas de la Complutense antes que Pablo Iglesias. Allí vi a gente de lo más variopinta… Un miembro de la Casa Real; un magistrado del Tribunal Supremo, que me anunció dónde iba a llegar, y hasta un gran maestro marxista que mudó en consejero «black». También conocí a Tocqueville, a Marx, a Maquiavelo y al sabio español Dalmacio Negro. Incluso a Kelsen y Carl Schmitt, cuya disputa intelectual creo que ganó Don Carl. Si con esto no les basta, les invito a entrar en Ataraxia Magazine o en mi página «El único paraíso es el fiscal».

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